LA PRENSA Hispanic Newspaper

Fuente principal de noticias Español de Iowa occidental centrado en noticias locales y deportes con la publicidad dirigida a la población hispana.
Busquenos en nuestro sitio de www.laprensaiowa.com

Conozca sus derechos

22 de febrero 2017
Sí la policia to para 
• Usted tiene el derecho de permanecer en silencio. Si desea permanecer en silencio, digalo a la policia. (Algunos estados pueden requerir que se identifique a la policia si se lo considera sospechoso de un crimen.) 
• Manten a la calma. No huya. No discuta, ni resista ni obstruya a la policia. antenga siempre las manos donde la policia las pueda ver. 
• Pregunte si usted es libre para irse. Si la policia dice que si, aléjese con tranquilidad y en silencio. 
• Usted no tiene que acceder a ningún registro de su persona o pertenencias.

Si lo paran en su vehiculo
• Pare el vehiculo en un lugar seguro lo mas pronto posible. Apague el vehiculo, encienda la luz interior, abra la ventana un poco y coloque las manos sobre el volante.
• Si se lo piden, muestre a la policia su licencia de conducir, registro y prueba de seguro. 
• Si un policia o agente de inmigracién le pide registrar su vehiculo, usted puede negar su permiso. Sin embargo, si la policia cree que su vehiculo contiene evidencia de un crimen, puede registrarlo sin su permiso. 
• Ambos los conductores y los pasajeros tienen el derecho de permanecer en silencio. Si usted es pasajero, también puede preguntar si esté libre de irse. Si la policia dice que si, retirese silenciosamente.

Si le preguntan acerca de su estatus migratorio
• Usted tiene derecho a permanecer en silencio. No tiene que responder a preguntas acerca de donde nacié, si es ciudadano de los EE.UU ni cémo ingresé al pais. (Se aplican reglas distintas en los cruces fronterizos internacionales y aero uertos, y a individuos con ciertas Visas de noinmigrantes, incluyen los turistas y las personas en viajes de negocios.)
• Si no es ciudadano de los EE.UU y tiene documentos de inmigracion validos, debe mostrérselos al agente de inmigracion que se los pida.
• No mienta acerca de su estatus de ciudadania ni entregue documentos falsos.

Si la policia o agentes de inmigracién llegan a su casa
• Usted no tiene que dejarles entrar a menos que tengan una orden judicial firmada por un juez.
• Pidale que le muestre la orden judicial. Los oficiales solo pueden registrar las areas y por los articulos que se mencionen en la orden. Una orden de arresto le permite a la policia ingresar a la casa de la persona indicada en la orden si creen que la persona se encuentra adentro. Una orden de remocion/deportacion (“ICE warrant”) no les permite a los oficiales ingresar a una casa sin permiso. 
• Aun si tienen una orden judicial, usted puede permanecer en silencio. Si usted elige hablar, salga y cierre la puerta.

Si la arrestan
• No oponga resistencia. 
• Diga que desea permanecer en silencio y pida a un abogado. Si no puede contratar a un abogado, el gobierno debe proporcionarle uno. 
• No diga nada, ni firme nada ni tome ninguna decision sin un abogado. 
• Usted tiene derecho a hacer una llamada local. La policia no puede escuchar si llama a un abogado. 
• No discuta su estatus migratorio con nadie excepto su abogado.
• Puede que un agente de inmigracién le visite en la cércel. No responda a preguntas ni firme nada antes de hablar con un abogado.
• Lea completamente todos los documentos. Si no entiende o no puede leerlos, diga que necesita un intérprete.

Silo ponen en custodia de inmigracién (o "ICE")
• Usted tiene derecho a un abogado, pero el gobierno no le daré uno. Si no tiene abogado, pida que le den una lista de proveedores de servicios de asesoria legal gratuitos o de bajo costo.
• Tiene derecho a comunicarse con su consulado o a que un oficial notifique al consulado de su arresto. 
• Digale al agente de inmigracién que desea permanecer en silencio. No hable de su estatus migratorio con nadie mas que su abogado.
• No firme nada, como una solicitud donde acepte su salida voluntaria del pais o una orden estipulada de remocién, sin hablar con un abogado primero. Si firma, es posible que esté renunciando a la oportunidad de tratar de permanecer en los EE.UU.
• Recuerde su numero de inmigracién (numero “A”) y déselo a su familia. Ayudara a que su familia lo localice.

Si cree que sus derechos han sida violados
• Anote todo lo que recuerde, incluyendo el n1’1mero de placa de los oficiales y sus vehiculos de patrulla, a que’ agencia pertenecen y cualquier otro detalle. Obtenga los datos de los testigos. Si usted resulta lesionado, busque atencién médica inmediatamente y tome fotografias de sus lesiones.
• Presente una denuncia por escrito ante la division de investigaciones internas o una junta de revision ciudadana de quejas. En la mayoria de los casos usted puede presentar una denuncia de manera anénima si desea.

Esta. información no pretcndc servir como consejos legales. Algunas leyes estatales peuden variar. Se aplican reglas distintas en los retenes de vehículo y en el ingreso a los EE.UU. (incluyendo en los aeropuertos). Actualizada en diciembre de 2016.

Para mas información, llame su ACLU local www.ACLU.org/affiliates.

0 comments:

Publicar un comentario